lunes, 26 de noviembre de 2007

VACACIONES Y FESTIVOS ANUALES

Os paso a explicar la forma correcta de distribuir la jornada laboral anual cifrada para 2008 en 1800 horas de trabajo efectivo:

1º En primer lugar, deberíais diferenciar lo que son vacaciones de lo que son festivos anuales y no computarlo conjuntamente.

2º En segundo lugar, debéis tener en cuenta que por cada 5 festivos a recuperar os corresponden dos dias de fiesta semanal que de esta manera se convierten en 7 dias a disfrutar.

3º Si por la operativa del local es mas factible o mas operativo juntar las vacaciones con los festivos anuales ,los dias totales a disfrutar serían 50 y no 44 que es como se viene haciendo hasta ahora.

4º Este cómputo le correspondería a todo el personal que tenga jornada a tiempo completo y al personal a tiempo parcial que trabaje sistemáticamente y semanalmente cinco dias y solo tenga dos fiestas semanales o sea que realice los mismos dias efectivos de trabajo.
En el calendario "tipo" lo podréis ver de forma práctica

Los festivos anuales se trabajen o se disfruten como fiesta semanal teneis el derecho de recuperarlos,la única manera de no recuperarlos sería que todas las semanas donde haya uno o mas festivos se os compensen con las fiestas complementarias equivalentes a los festivos habidos,independientemente de tus fiestas semanales..

Os resumo como quedaría distribuido el calendario 2008.

DIAS EFECTIVOS DE TRABAJO = 225 dias multiplicado por 8 (horas de trabajo diarias) darían las 1800 horas anuales.
VACACIONES = 30 dias
FESTIVOS ANUALES = 14 dias
FIESTAS SEMANALES = 97 dias

TOTAL = 366 dias al ser año bisiesto.

Estamos a vuestra disposición por si tenéis dudas

4 comentarios:

Anónimo dijo...

hola,me interesa aclarar dudas sobre el segundo punto (cada 5 fiestas a recuperar son 2 dias de fiesta=1 semana anual).
Dónde puedo leer mayor información al respecto?

saludos y sigan así
Lluciá

comite pansfood dijo...

para lluciá , si teneis dudas o quereis que os aclaren algún tema , sólo teneis que llamar a los teléfonos del comité o enviar un mail al correo.
esta información debería estar colgada en el local, sino es así nos avisas y pasamos a colgarla.

genis

Anónimo dijo...

hola, yo trabajo en un punto de venta de pansfood donde los 2 días de fiesta semanales son corridas (no son días fijos) y se trabaja 6 días consecutivos por semana con un finde de fiesta al mes. Ejemplo: en una semana tengo fiesta el miércoles y jueves, luego trabajo 6 días y tengo fiesta el jueves y el viernes y así sucesivamente (fiestas corridas con un finde al mes).
El tema en el que quiero hacer incapié es CUANDO UNO COGE VACACIONES. Sé que se deben acoplar al período de vacaciones (al final o a la vuelta) los dos días de fiesta correspondientes de la semana, pero es que no me aclaro con la EXPLICACION pertinente, es decir, lo sé pero no lo entiendo claramente. Me lo podeís explicar por favor?

Nota: es que el gerente nada dice de esos dos días de fiesta a acoplar a las vacaciones y hace que los trabajemos.
Si sois tan amables contestarme en el mismo blog o enviar respuesta a maideniron666@hotmail.com
Sé que preferís que os llame pero es que de momento preferiría la comunicación vía texto.

Muchas gracias y seguir así. Por cierto si me atrevo, a qué nº tel contacto con vosotros?

Juan

Anónimo dijo...

qué bien me siento.... me han engañado durante años....NO TENGO PALABRAS PARA EXPLICAR ESTO